jueves, 2 de octubre de 2008

DEBERES DE LOS COLOMBIANOS

PREAMBULO


El pueblo de Colombia, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente:


CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA


CAPITULO V


DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES


ARTICULO 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.


Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.


Son deberes de la persona y del ciudadano:


1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;


2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;


3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para mantener la independencia y la integridad nacionales.


4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;


5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;


6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;


7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;


8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;


9. Contribuír al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad
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